Mejoras en el Impuesto sobre Sociedades

Libertad de amortización para renovables, autoconsumo y movilidad eléctrica

4/28/20262 min read

El Real Decretoley 7/2026 introduce importantes ventajas fiscales para las empresas que inviertan en energías renovables, autoconsumo o movilidad eléctrica. En concreto, amplía la libertad de amortización, un beneficio que permite a las empresas amortizar determinadas inversiones mucho más rápido, reduciendo así su base imponible y, por tanto, su factura fiscal.

Estas medidas se aplican a los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2025 y que no hayan concluido el 22 de marzo de 2026.

1. Libertad de amortización para instalaciones renovables y autoconsumo

El decreto prorroga la libertad de amortización para inversiones que entren en funcionamiento en 2025 o 2026, siempre que cumplan estas condiciones:

• Sean instalaciones destinadas al autoconsumo eléctrico, o

instalaciones térmicas para consumo propio que utilicen energía procedente de fuentes renovables,

• y que sustituyan a instalaciones que consumían energía fósil.

En la práctica, esto significa que una empresa puede amortizar de forma acelerada inversiones como:

• Plantas fotovoltaicas de autoconsumo.

Bombas de calor industriales.

Calderas renovables que sustituyan equipos de gasóleo o gas.

Sistemas térmicos renovables para procesos productivos.

Este incentivo reduce de forma directa la carga fiscal de la empresa y mejora la rentabilidad de las inversiones energéticas.

2. Libertad de amortización para vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga

El decreto también amplía la libertad de amortización para inversiones en movilidad eléctrica, con el objetivo de acelerar la electrificación de flotas empresariales.

¿Qué inversiones se benefician?

Vehículos nuevos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV (todas las categorías de eléctricos e híbridos enchufables).

• Infraestructuras de recarga de potencia normal o alta, según el Reglamento (UE) 2023/1804.

¿Qué condiciones deben cumplir?

• Deben estar afectos a una actividad económica.

• Deben entrar en funcionamiento en periodos impositivos iniciados en 2026.

Esto permite a las empresas amortizar de forma acelerada tanto los vehículos eléctricos como los puntos de recarga instalados en sus instalaciones, reduciendo su carga fiscal y facilitando la transición hacia flotas más eficientes.

En resumen:

El Impuesto sobre Sociedades incorpora incentivos muy potentes para empresas que quieran:

• Instalar autoconsumo fotovoltaico.

• Renovar sistemas térmicos hacia energías renovables.

• Electrificar su flota.

• Instalar puntos de recarga.

La libertad de amortización es uno de los beneficios fiscales más atractivos, porque reduce la factura fiscal desde el primer año y mejora la rentabilidad de las inversiones energéticas.