Mejoras en el Impuesto sobre Sociedades
Libertad de amortización para renovables, autoconsumo y movilidad eléctrica
4/28/20262 min read


El Real Decreto‑ley 7/2026 introduce importantes ventajas fiscales para las empresas que inviertan en energías renovables, autoconsumo o movilidad eléctrica. En concreto, amplía la libertad de amortización, un beneficio que permite a las empresas amortizar determinadas inversiones mucho más rápido, reduciendo así su base imponible y, por tanto, su factura fiscal.
Estas medidas se aplican a los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2025 y que no hayan concluido el 22 de marzo de 2026.
1. Libertad de amortización para instalaciones renovables y autoconsumo
El decreto prorroga la libertad de amortización para inversiones que entren en funcionamiento en 2025 o 2026, siempre que cumplan estas condiciones:
• Sean instalaciones destinadas al autoconsumo eléctrico, o
• instalaciones térmicas para consumo propio que utilicen energía procedente de fuentes renovables,
• y que sustituyan a instalaciones que consumían energía fósil.
En la práctica, esto significa que una empresa puede amortizar de forma acelerada inversiones como:
• Plantas fotovoltaicas de autoconsumo.
• Bombas de calor industriales.
• Calderas renovables que sustituyan equipos de gasóleo o gas.
• Sistemas térmicos renovables para procesos productivos.
Este incentivo reduce de forma directa la carga fiscal de la empresa y mejora la rentabilidad de las inversiones energéticas.
2. Libertad de amortización para vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga
El decreto también amplía la libertad de amortización para inversiones en movilidad eléctrica, con el objetivo de acelerar la electrificación de flotas empresariales.
¿Qué inversiones se benefician?
• Vehículos nuevos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV (todas las categorías de eléctricos e híbridos enchufables).
• Infraestructuras de recarga de potencia normal o alta, según el Reglamento (UE) 2023/1804.
¿Qué condiciones deben cumplir?
• Deben estar afectos a una actividad económica.
• Deben entrar en funcionamiento en periodos impositivos iniciados en 2026.
Esto permite a las empresas amortizar de forma acelerada tanto los vehículos eléctricos como los puntos de recarga instalados en sus instalaciones, reduciendo su carga fiscal y facilitando la transición hacia flotas más eficientes.
En resumen:
El Impuesto sobre Sociedades incorpora incentivos muy potentes para empresas que quieran:
• Instalar autoconsumo fotovoltaico.
• Renovar sistemas térmicos hacia energías renovables.
• Electrificar su flota.
• Instalar puntos de recarga.
La libertad de amortización es uno de los beneficios fiscales más atractivos, porque reduce la factura fiscal desde el primer año y mejora la rentabilidad de las inversiones energéticas.
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